El ISV es el impuesto sobre ventas de Honduras. La tasa general es 15%, y el 18% se cobra solo a la cerveza, el aguardiente, los licores y demás bebidas alcohólicas, los cigarrillos y los boletos aéreos de clase ejecutiva o primera. Si el precio ya incluye el impuesto, lo divides entre 1.15 (o 1.18) y la diferencia es el ISV: de L 1,150.00, la base es L 1,000.00 y el ISV L 150.00.
Esta guía es para quien cobra en caja: pulpería, ferretería, farmacia o restaurante. Sale de la ley, el reglamento de facturación y las guías del SAR de 2026.
¿Qué es el ISV y quién lo cobra?
Es el impuesto que se cobra en cada venta de bienes y servicios gravados, desde la importación hasta el consumidor final. Tú se lo cobras al cliente y cada mes se lo entregas al SAR, menos el ISV que les pagaste a tus proveedores. Al consumidor final, la ley pide darle el precio con el impuesto incluido.
Si tienes un solo establecimiento y tus ventas gravadas no pasan de L 250,000.00 al año, puedes estar en el Régimen Simplificado: no cobras ISV y solo presentas la Declaración Anual de Ventas (formulario 202) a más tardar el 31 de enero.
¿Qué paga 15% y qué paga 18%?
Todo lo gravado paga 15%, salvo la lista corta del 18% que fija el artículo 6 de la ley.
| Tasa | A qué aplica |
|---|---|
| 15% | Tasa general: todo bien o servicio gravado que no tenga otra tasa. |
| 18% | Importación o venta de cerveza, aguardiente, licor compuesto y otras bebidas alcohólicas, y cigarrillos. |
| 18% | Boletos aéreos, nacionales o internacionales, en clase ejecutiva, primera, de negocios o similares. |
| 0% | Exportaciones. |
| Exento | Lo que libera el artículo 15 (abajo). |
¿Qué productos y servicios están exentos de ISV?
Exento quiere decir que la ley libera esa venta del impuesto. Los principales (artículo 15):
- Canasta básica (lista del Acuerdo Ejecutivo 005-2014): carne de res, cerdo y pollo, varios pescados, leche, cuajada, quesillo, queso blanco, huevos, las frutas y verduras frescas de la lista (papa, tomate, plátano, naranja y otras; la manzana y la uva no están), frijoles, maíz, arroz, harinas, manteca, azúcar no refinada, pastas, pan blanco, tortillas, café molido de hasta una libra, sal, agua purificada en bolsita o botellón de 5 galones, cloro, velas, fósforos y útiles escolares.
- Medicinas de uso humano, material de curación y jeringas.
- Combustibles, libros, periódicos y cuadernos.
- Servicios: agua potable, energía eléctrica (salvo casas con más de 750 kWh al mes), enseñanza, servicios médicos (no los estéticos), transporte terrestre de pasajeros, servicios financieros y honorarios de profesionales personas naturales.
- Agro: fertilizantes, semillas, animales vivos y alimentos balanceados, menos los de mascotas.
- Alquiler de vivienda y de locales comerciales de hasta L 5,000.00 al mes.
La canasta trae excepciones: no son exentos los cortes especiales de res (rib-eye, T-bone), las carnes marinadas, el pan con queso o frutas, el café gourmet o instantáneo, las pilas alcalinas ni las frutas peladas o en trozos (salvo el mango).
Exento no es lo mismo que exonerado
El exento depende del producto. El exonerado depende del comprador: alguien que, por ley o resolución, no paga ISV en compras gravadas, como el cuerpo diplomático o el exportador con Orden de Compra Exenta.
A un exonerado no le cobras ISV, pero el reglamento de facturación te pide anotar en la factura su número de Orden de Compra Exenta (OCE), de Constancia del Registro de Exonerados o del registro de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), según su caso. Sin ese número no tienes cómo respaldar la venta exonerada.
Cómo calcular el ISV, agregado o incluido
Si el precio no incluye ISV, multiplicas la base por la tasa.
Base L 200.00 × 18% = ISV L 36.00. Total L 236.00.
Si el precio ya incluye ISV, divides entre 1.15 y lo que sobra es el impuesto.
Con 18%: L 236.00 ÷ 1.18 = base L 200.00. ISV L 36.00.
El error más común es multiplicar el precio final por 15%: con L 1,150.00 da L 172.50, o sea L 22.50 de más.
Redondeo. Lo fija el artículo 9 de la ley: si queda una fracción menor de medio centavo (0.005), bajas al centavo; si es de medio centavo o más, puedes subir. L 10.03 × 15% = L 1.5045: cobras L 1.50. L 10.30 × 15% = L 1.545: cobras L 1.55. O usa la calculadora de ISV.
Una factura con exento, 15% y 18%
Puedes vender productos de distinta tasa en una factura. El reglamento pide separar lo exento y exonerado, el subtotal de cada tasa y su ISV. Con precios que ya incluyen ISV:
| Producto | Precio | Tasa | Base | ISV |
|---|---|---|---|---|
| 2 libras de frijoles | L 56.00 | Exento | L 56.00 | L 0.00 |
| 1 jabón de lavar | L 23.00 | 15% | L 20.00 | L 3.00 |
| 1 botella de ron | L 236.00 | 18% | L 200.00 | L 36.00 |
Débito y crédito fiscal, en palabras sencillas
El débito fiscal es el ISV que cobraste en tus ventas del mes. El crédito fiscal es el ISV que pagaste en tus compras, con factura a tu nombre. Al SAR le pagas la diferencia.
Según el artículo 12 de la ley, el crédito se usa en el mes de la compra o en uno de los tres siguientes, y el que sobra pasa al mes siguiente. Si cobras con tarjeta, el emisor te retiene el 10% del ISV de esas ventas: con su comprobante, también es crédito. Las devoluciones y descuentos posteriores bajan tu débito y se hacen con nota de crédito.
Cómo y cuándo se declara y se paga
- Cierra el mes con tu libro de ventas y de compras.
- Presenta la DMC si te toca. Si eres mediano o gran contribuyente, la Declaración Mensual de Compras va en los primeros 8 días.
- Llena el formulario 201 en la Oficina Virtual del SAR, con tu RTN y contraseña.
- Paga con el boletín de pago, en línea o en ventanilla.
Todo dentro de los primeros 10 días calendario del mes siguiente, aunque el resultado sea cero o a tu favor. Si te atrasas, el Código Tributario cobra multa e intereses.
Errores comunes en caja
- Cobrar 15% a leche, huevos o tortillas, o dejar exenta la comida preparada.
- Redondear siempre hacia arriba: la ley sanciona como hurto cobrar fuera de la regla del medio centavo.
- Juntar 15% y 18% en una sola línea de ISV.
- Quitar el ISV a un exonerado sin anotar su número de OCE, constancia o registro.
- Poner precios sin ISV en el estante y sumarlo en caja.
Preguntas frecuentes
¿Las gaseosas pagan 18% de ISV?
¿Cuánto ISV lleva un producto de L 100.00 con ISV incluido?
¿La comida de un restaurante paga ISV?
¿Tengo que declarar si un mes no vendí nada?
¿Las medicinas pagan ISV?
Cada producto con su tasa, en cada venta.Macaw Suite factura con CAI desde el plan Lite, separa el ISV de 15% y 18%, maneja productos exentos y clientes exonerados, y te arma el libro de ventas para el SAR. Mira factura y finanzas.
Empieza gratisFuentes
- Ley del Impuesto Sobre Ventas, texto consolidado hasta el Decreto 59-2022 (arts. 6, 7, 8, 9, 11, 11-A, 12, 15 y Anexo I), SAR. Consultado el 7 de octubre de 2026.
- Generalidades Declaración Impuesto Sobre Ventas, junio de 2026, SAR. Consultado el 7 de octubre de 2026.
- Ayuda Declaración Jurada de Impuesto Sobre Ventas (201), junio de 2026, SAR. Consultado el 7 de octubre de 2026.
- Generalidades Créditos en la Declaración del ISV, SAR. Consultado el 7 de octubre de 2026.
- Reglamento del Régimen de Facturación, Acuerdo 481-2017, texto consolidado (arts. 10 y 11), SAR. Consultado el 7 de octubre de 2026.
- Generalidades Declaración Mensual de Compras, agosto de 2026, SAR. Consultado el 7 de octubre de 2026.
- Régimen Simplificado del Impuesto Sobre Ventas, SAR. Consultado el 7 de octubre de 2026.